La UE publica las mejoras, propuestas por Canarias, para los empresarios de Las Islas que se acojan a los incentivos del REF

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  • A mediados de julio entrará en vigor la modificación del Reglamento General de Exención por Categorías, que aumenta el límite del volumen de negocio por empresa, para recibir ayudas,   hasta el 30%

  • Pedro Ortega expresa su satisfacción porque “tras más de un año de negociaciones con la Comisión Europea, hemos alcanzado una solución que permitirá aplicar en su plenitud los incentivos del REF”


El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado la modificación, aprobada por la Comisión, del nuevo Reglamento General de Exención por Categorías, que contempla un aumento de los límites máximos permitidos de acumulación de ayudas que se aplican a las empresas canarias que se acojan a los incentivos fiscales del REF.


Hasta ahora, la suma de ayudas derivadas del Arbitrio Sobre Importaciones y Entregas de Mercancías (AIEM), la bonificación por producción por bienes corporales, las ayudas al transporte de mercancías industriales, las ayudas de funcionamiento de la RIC y la DIC, y de la Zona Especial Canaria (ZEC), no podían sobrepasar el límite del 17,5% del volumen de negocios anual del beneficiario obtenido en las Islas Canarias cuando se trataba de una entidad perteneciente al sector industrial, o del 10 % de dicho volumen de negocios, cuando la empresa correspondía a cualquier otro sector.


La modificación del Reglamento General de Exención por Categorías que publica el DOUE entrará en vigor a mediados de julio y supone el aumento de dicho límite hasta el 30% del volumen de negocios anual del beneficiario. La media beneficia a todos los sectores de Canarias, y se aplica retroactivamente a partir del 1 de enero de 2015.


Esta modificación del reglamento recoge las principales reivindicaciones y propuestas que se plantearon por el Gobierno de Canarias a lo largo de todo el proceso de consulta pública lanzado por la Comisión Europea en marzo de 2016, para la revisión del mismo. A lo largo de más de un año se han sucedido además las reuniones bilaterales de trabajo a distintos niveles, como la que encabezó el propio Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, Pedro Ortega, con el Director General Adjunto de la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea, Gert-Jan Koopman, que tuvo lugar en Bruselas en octubre del pasado año.


Pedro Ortega ha mostrado su satisfacción por la entrada en vigor de este reglamento y destacó la importancia de los incentivos fiscales para las RUP, “como instrumento para compensar las limitaciones permanentes que afectan a las empresas canarias y con el objetivo de que puedan competir en condiciones similares a las del continente”.


Sobre la aprobación por parte de la Comisión Europea de este acuerdo que beneficia a los empresarios de las Regiones Ultraperiféricas, en especial a los industriales, el presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, ha destacado la tarea que está desarrollando el Ejecutivo autonómico para conseguir los máximos beneficios en la aplicación del Régimen Económico y Fiscal de Las Islas.


La iniciativa tiene por objeto, además, reducir, las cargas administrativas y facilitar en mayor medida la inversión pública en apoyo de los objetivos comunes en materia de empleo y crecimiento, clima, innovación y cohesión social.


Los límites de acumulación de ayudas, que vienen recogidos, a nivel nacional en el Real Decreto-Ley 15/2014 y el Real Decreto 1022/2015, y la necesidad de controlar el respeto de los mismos conlleva, desde el año pasado, la obligación para las empresas que se acogen a los incentivos fiscales del REF de presentar ante el Ministerio de Hacienda una declaración informativa anual de ayudas recibidas. Esta modificación de los límites impuestos por el Reglamento comunitario exige, pues, la consecuente modificación de la legislación nacional, que deberá producirse este mismo año.


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