Artículo de Juana González

Desafíos del autoconsumo eléctrico

@juana1gonzalez

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Las dos palabras que más se usan en el sector energético durante los últimos meses son “autoconsumo” y “renovables”. El cambio climático es el tema estrella de este año a nivel mundial, tanto dentro del mundo energético como fuera de él. Probablemente, porque cada vez sus evidencias son más palpables. Vemos cómo los veranos son cada vez más largos y los inviernos son cada vez más cortos: el calentamiento global es una realidad.


En España y, sobre todo, en Canarias, 2019 ha sido clave para el avance en fotovoltaica y el autoconsumo, dos de las mejores armas para la lucha contra la emergencia climática. Las Islas gozan de una posición privilegiada frente al resto de Europa, donde el volumen de radiación solar es muy abundante durante todo el año. Un recurso natural bien gestionado conlleva inversiones, nuevas infraestructuras, desarrollo económico y creación de puestos de trabajo.


Tenemos que destacar que el pasado 5 de abril se aprobó definitivamente el Real Decreto que pone las bases para una auténtica revolución del autoconsumo eléctrico. Con sus ventajas y también sus inconvenientes si no se planifica correctamente. Estamos hablando de la descentralización de la producción eléctrica, lo que tiene una consecuencia inmediata en el aumento del autoconsumo, pero también se relaciona en la carga de vehículos eléctricos, almacenamiento energético con baterías, el uso de tecnologías “blockchain” para la gestión de excedentes y otros temas más abstractos como la soberanía energética.


El mayor atractivo de utilizar esta energía, tanto para industriales como domésticos, es la caída del precio de las placas fotovoltaicas, que hace posible amortizar las instalaciones de autoconsumo en un tiempo muy razonable. Pero también hace posible que las plantas fotovoltaicas sean rentables vendiendo la energía directamente al mercado, sin ayudas ni habiendo participado en subastas de renovables.


Asimismo, el principal objetivo de esta nueva normativa es consagrar el autoconsumo como un derecho en todas sus formas: derecho a generar energía, consumirla, almacenarla y vender el excedente producido. Así como a instalar y explotar sistemas de almacenamiento. Además, los particulares podrán recibir una remuneración por la electricidad vertida a la red. Las preguntas son muchas y las respuestas muy técnicas para los usuarios de a pie, por ello hemos querido presentar seis claves para entender este nuevo real decreto y sacarle la mayor rentabilidad posible.


¿Para quién es?

La normativa es aplicable para aquellas instalaciones con una potencia no superior a 100 kilovatios (kW) y siempre que se produzca electricidad a partir de energía de origen renovable. Se reducen los trámites administrativos para todos los usuarios. En el caso del pequeño autoconsumidor (instalaciones de hasta 15 kW o de hasta 100 kW, en caso de autoconsumo sin excedentes), se reducen a una única gestión: notificar la instalación de una planta de producción eléctrica a la ciudad o comunidad autónoma. La compensación económica puede llegar hasta el 100% de la energía consumida por el usuario en ese mes.


¿Cómo se compensa?

Hasta ahora, el consumidor podía verter la energía producida a la red, pero para obtener una compensación económica tenía que constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando una sería de tramites burocráticos que lo hacían prácticamente imposible. Con el nuevo real decreto, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía que exceda en cada factura mensual. Es decir lo que antes se perdía ahora nos lo compensan en la factura.


¿Y autoconsumo compartido?

Este punto es de los más revolucionarios, la nueva normativa abre la puerta a que un consumidor pueda aprovechar los excedentes de su vecino y copartícipe de autoconsumo, si este no está consumiendo su parte proporcional de energía.


¿Cómo será la clasificación de los consumidores?

Hasta la fecha, solo existía una posibilidad: autoconsumo individual conectado a una red interior. Con la nueva norma, se consagra la figura del autoconsumo colectivo, de tal forma que varios consumidores puedan asociarse a una misma planta de generación. Esta realidad impulsará el autoconsumo en comunidades de propietarios o entre empresas e industrias ubicadas en una misma localización.


¿Donde se pueden informar los ciudadanos de la tramitación?

En la web del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) se encuentra la Guía de tramitación para autoconsumo. Para instalaciones de hasta 15 kW no hace falta trámites con la distribuidora eléctrica, sino que es suficiente que el profesional que realice la instalación la registre ante los departamentos de energía o industria de la comunidad autónoma. La comunidad notificará a la empresa distribuidora que se ha realizado la instalación.


¿Como conseguir el máximo ahorro?

Para conseguir el máximo ahorro habrá que procurar acoplar el consumo a la generación eléctrica. No obstante, gracias a los mecanismos de compensación, se puede sacar rendimiento incluso a la energía que se vierta en los momentos que no se está en casa. Conviene tener contratado un servicio de mantenimiento. Las comercializadoras reguladas estarán obligadas a hacer la compensación simplificada, es decir, que compensen la energía que sobra unas horas del día, con lo que falta en otras. Las de libre mercado no están obligadas a ofrecer esa opción.

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